Fiscalidad

El coste fiscal de una decisión rara vez depende de la norma aislada: depende de los hechos, de cómo se documentan y del momento en que se adopta la decisión. El objetivo es fijar un criterio que pueda sostenerse si llega una comprobación.

Personas físicas y movilidad internacional

  • Residencia fiscal y conflictos de doble residencia.
  • Movilidad internacional: desplazamientos, teletrabajo internacional, expatriación y retorno.
  • Exención del artículo 7 p) LIRPF por trabajos realizados en el extranjero.
  • Régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español.
  • IRPF: rentas del trabajo, rendimientos del capital y ganancias patrimoniales.
  • Impuesto sobre el Patrimonio y obligaciones informativas.

Fiscalidad internacional

  • Análisis de convenios para evitar la doble imposición.
  • Tributación de no residentes (IRNR) y pagos a no residentes.
  • Establecimientos permanentes.
  • Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE) y rentas de fuente extranjera.

Empresas, autónomos y operaciones

  • Impuesto sobre Sociedades: pagos fraccionados, artículo 21 LIS, grupos y entidades de nueva creación.
  • IVA: localización, grupos fiscales, operaciones intragrupo y tributación indirecta.
  • Autónomos y profesionales: cumplimiento, deducibilidad y orden documental.
  • Operaciones empresariales, reestructuraciones y operaciones de M&A.
  • Revisiones de diligencia debida fiscal y cumplimiento normativo tributario.

Patrimonio e inmuebles

  • Fiscalidad inmobiliaria: adquisición, arrendamiento y transmisión.
  • Sucesiones y donaciones.
  • Tributación local: IBI, plusvalía municipal, ICIO y tasas.
  • Consultas tributarias complejas y cuestiones no resueltas por la doctrina administrativa.

Cómo se trabaja

  1. Se reconstruye la cronología real de los hechos y se identifica qué está efectivamente acreditado.
  2. Se determina el encaje técnico y se contrastan alternativas realistas, no teóricas.
  3. Se concreta qué evidencia conviene reforzar para que el criterio resista una comprobación posterior.

Documentación habitual

Contratos, escrituras, declaraciones presentadas, certificados de residencia fiscal, nóminas y certificados de retenciones, facturas, extractos y documentación registral, según el caso.

Ley 35/2006 (IRPF); Real Decreto Legislativo 5/2004 (IRNR); Ley 37/1992 (IVA); Ley 27/2014 (IS); Ley 29/1987 (ISD); convenios para evitar la doble imposición; normativa autonómica y local aplicable.

El trabajo se presta sobre la base de los hechos y de la documentación facilitados. Cuando un asunto requiera actuaciones profesionalmente reservadas —en particular, dirección letrada o representación procesal ante los tribunales—, deberá ser asumido por el profesional habilitado que corresponda.

¿Tiene actualmente un procedimiento tributario en curso? Puede plantear su caso para valorar si puede ser atendido.

El envío del formulario no supone la aceptación del asunto.

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